La campaña de la Renta 2023 para presentar la declaración del IRPF empezará el próximo 3 de abril de 2024 y terminará el 1 de julio, tal y como detalla el calendario del contribuyente que publica la Agencia Tributaria.
Calendario del impuesto sobre el patrimonio
En esas mismas fechas se debe presentar el impuesto sobre el patrimonio, que comparte calendario con el impuesto sobre la renta de las personas físicas.
Fechas claves del calendario de la Campaña Renta 2023
3 de abril. Desde entonces y hasta el 1 de julio, se podrán presentar por internet las declaraciones de renta 2023 y patrimonio 2023. En el caso de la Renta, se podrá hacer a través del programa Renta Web o de la aplicación móvil.
7 de mayo. Para quienes prefieran presentar su autoliquidación por teléfono, tendrán que esperar a esta fecha para poder hacerlo.
3 de junio. Quienes opten por acudir de manera presencial a las oficinas de la Agencia Tributaria para presentar allí la declaración de la Renta, es esta la fecha que deben marcar en el calendario.
26 de junio. Aunque de manera general (y por todos los canales) la Campaña de Renta 2023 termina el 1 de julio, los contribuyentes con declaraciones a ingresar que quieran domiciliar el pago, tendrán que presentarlas antes del 26 de junio.
1 de julio. Fin de campaña para todas las declaraciones con resultado a devolver, renuncia a la devolución, resultado negativo y a ingresar sin domiciliación del primer plazo.
Falta aún por conocer las fechas en las que se abre el plazo para pedir cita previa, tanto para la atención telefónica como para la presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria, que se conocerán próximamente.
¿Qué es el IRPF exactamente?
El impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) es un tributo directo que se aplica sobre la obtención de la renta como manifestación inmediata de la capacidad económica de los ciudadanos, atendiendo a los principios de igualdad, generalidad y progresividad y de acuerdo con las circunstancias personales y familiares de las personas. Grava solo a personas físicas residentes en España y nunca a personas jurídicas (empresas).
En el IRPF el contribuyente paga todo lo que considera el legislador que le genera renta. Los rendimientos más comunes que el contribuyente debe reflejar en la declaración de la renta son:
- Rendimientos del trabajo, cualquier remuneración económica que sea fruto de un contrato de trabajo entra en este concepto.
- Rendimientos del capital:
- Inmobiliarios (los que genera tener un piso alquilado, por ejemplo)
- Mobiliario (dividendos de acciones o intereses de un depósito)
- Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de transmisión (cuando se vende una casa por más o menos dinero del que se compró, por ejemplo) o no derivadas de transmisión (si provienen de juegos de azar o apuestas).