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El IVA es un impuesto indirecto que se aplica en una amplia gama de productos y servicios, incluyendo la compra de viviendas nuevas. El IVA en viviendas nuevas es un componente importante en la transacción inmobiliaria y su aplicación puede variar según las circunstancias.

¿Cuánto es el IVA en vivienda nueva?

El IVA para una vivienda nueva es del 10 % de su importe escriturado, excepto si se trata de viviendas de protección oficial en régimen especial o de promoción pública, casos en los que la tributación es del 4 %.

El mismo tipo de IVA que el de una vivienda de obra nueva se aplica a las plazas de garaje (con un máximo de dos unidades para la vivienda de obra nueva) y a los anexos que se transmitan (el trastero, por ejemplo).

¿Cuándo se paga el IVA de una vivienda nueva?

El IVA de una vivienda nueva se abona en el momento en el que se firman las escrituras, es decir, se abonan junto al resto del pago de la vivienda.

Otros gastos asociados a la compra de un inmueble

Además del IVA, la compra de una vivienda nueva conlleva otro tipo de gastos:

1. Gastos de registro: se derivan de la inscripción de la compraventa de la vivienda en el Registro de la Propiedad. Su coste está fijado legalmente y depende del precio de la compraventa. Se abonan en el momento de la inscripción.

2. Gastos de notaría: corresponden al acto en el que el notario da fe de la operación de compraventa. Las tasas son oficiales, es decir, las mismas para todos los notarios.

3. Gastos de gestoría: no son obligatorios, pero sí muy frecuentes. Lo más habitual es que sea un gestor profesional quien se encargue de los trámites administrativos durante un proceso de compraventa. Estos costes son variables y dependen de la gestoría.

¿Cuál es el IVA en una vivienda de segunda mano?

Mientras que sí hay que abonar el IVA en una vivienda de obra nueva, no ocurre lo mismo al comprar una de segunda mano. En su lugar, se paga el denominado Impuesto de Transmisiones Patrimoniales. Éste es gestionado por las Comunidades Autónomas, las cuales establecen el porcentaje a aplicar, dentro de unos límites establecidos por ley. Su media está en torno al 6%, aunque las hay que lo tienen hasta 3 puntos por encima.

¿Cómo liquidar el ITP?

El pago del ITP lo realiza el comprador. Para ello, deberá rellenar el impreso correspondiente y presentarlo en su entidad bancaria, la cual procederá a realizar su abono a Hacienda. Tras ello, el propio comprador debe presentar en la Oficina de Hacienda del lugar en el que se encuentra la casa dicho documento (y la copia de la escritura), para que sean sellados.

El vendedor, por su parte, deberá tributar a Hacienda la cantidad obtenida, como ganancia patrimonial, en el IRPF.