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Con la llegada del buen tiempo, pasamos más tiempo en las terrazas y balcones, lo que nos lleva a querer hacer cambios en la decoración. Uno de los elementos más vistosos son los toldos y, aunque existe una gran variedad, no todos sirven.

Por eso, es importante conocer qué se indica en la normativa e instalación de toldos en una comunidad de propietarios. Los artículos más importantes de la Ley de Propiedad Horizontal, en qué consiste la normativa europea UNE-EN 13561 y las penalizaciones en caso de colocar un toldo sin consentimiento.

Ley de Propiedad Horizontal                                                                                                                  

Lo primero que hay que tener en cuenta es que, el propietario de una vivienda, debe conocer la normativa relacionada con la instalación de toldos y pérgolas, y contar con el permiso de la comunidad de vecinos cuando los cambios afecten a la estética y/o la estructura del edificio.

La Ley de Propiedad Horizontal aborda la regulación de los toldos, las pérgolas y los cerramientos de terraza. Además, informa que antes de realizar cualquier cambio, es imprescindible contar con el consentimiento de la comunidad de los vecinos y de la administración.

Esta ley recoge que el propietario de la vivienda puede cambiar los elementos o instalaciones siempre y cuando no altere la estructura general del edificio ni tampoco dañe la estructura de sus vecinos. También tiene que avisar al presidente de la comunidad. Y, en caso de tener que hacer cambios por motivos urgentes, habrá de ponerse en contacto con la administración.

¿En qué consiste la normativa para instalar los toldos?

Es importante leer la documentación de la comunidad de vecinos para saber si hay alguna normativa en relación a la instalación de toldos, así como al modelo, color, etc. En caso de que esa normativa sobre las características de los toldos existiese, la Ley de Propiedad Horizontal indica lo siguiente: “Ningún propietario podrá exigir nuevas instalaciones, servicios o mejoras no requeridos para la adecuada conservación, habitabilidad, seguridad y accesibilidad del inmueble, según su naturaleza y características”.

En caso de no existir ninguna norma acerca de las características del toldo, ¿qué pasos hay que seguir? Según la Ley de Propiedad Horizontal, el propietario que quiera cambiar el toldo tendrá que comunicárselo por escrito al presidente de la comunidad, quien se encargará de apuntarlo en el orden del día de la siguiente Junta que vaya a realizarse para ponerlo en común.

¿Qué es la UNE-EN 13561?

La norma UNE-EN 13561 obliga a las empresas que se encargan de instalar toldos a contar con una serie de medidas de seguridad y de calidad a la hora de instalarlos. Además, es necesario indicar si el toldo es resistente a los fenómenos atmosféricos y si cumple con las medidas de salud, medioambiente e higiene.

Colocar un toldo sin consentimiento

Si, a pesar de haberse denegado nuestra petición de colocar un toldo lo ponemos, la administración local o la comunidad de vecinos pueden tomar cartas en el asunto. Entre las penalizaciones que se nos impondrían, están pagar una sanción económica o quitar el toldo.

Si directamente decidimos colocar un toldo sin solicitar permiso y encima es diferente al del resto de los propietarios, la comunidad de vecinos puede tomar acciones judiciales, ya que la decisión del propietario altera el estado de la fachada.

Una vez conocida la normativa e instalación de toldos en una comunidad de propietarios, así como la Ley de Propiedad Horizontal, podemos cambiar los toldos de nuestra vivienda teniendo en cuenta la estructura y estética del resto de vecinos.